Madrid.
15 de diciembre de 1.636. Una Pragmática del rey Felipe IV ordena que para atender
las necesidades del reino y la estabilidad de los documentos públicos y
privados, estos se han de escribir obligatoriamente en un papel que ostente un
sello oficial.
Este sello que según se dispone se ha de colocar en la parte superior del documento, ha de servir para evitar fraudes y falsificaciones, muy posibles empleando papel común, en todos los títulos y despachos reales, escrituras públicas y contratos entre partes.
El sello
que se emplea consiste principalmente en un escudo de armas o en el escudo del
rey, a su lado figura el nombre del rey, sus títulos y el plazo de caducidad que
tiene el documento.
El sello varia en realidad, cada año, reservándose el rey la facultad de su impresión. Se crean cuatro clases de sellos, para distinguir la calidad y el importe de los diversos instrumentos públicos sin su presencia, cualquier documento carece de valor y de fuerza de obligar a su cumplimiento.
Además .para reforzar la
obediencia a la disposición regia, se recuerda una serie de duras medidas, que
incluyen castigos corporales, multas e idénticas penas que a los falsificadores de moneda, para el
que se atreva a contravenir la orden.
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