domingo, 19 de abril de 2026

LA MARCHA DEL SÁBADO DÍA 18 DE ABRIL DE 2026

 

SÁBADO DIA 18 DESPLAZAMIENTO A SANTA MARIA DE TRASSIERRA EN EL BUS DE LAS 8,15 PARA VISITAR LA POBLACIÓN Y DESCENSO A LOS BAÑOS DE POPEA Y EL RIO GUADIATO-REGRESO EN EL BUS DE LAS 12,40 H.

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viernes, 17 de abril de 2026

JUNTAS Y CONSEJOS GOBIERNAN ESPAÑA

 


 

Madrid 1,620. La privanza de duque de Lerma supone un cambio radical con respectos a los gobiernos anteriores, Lerma encarga la dirección de la monarquía a los reales consejos, pero también inicia la tendencia a formar juntas transitorias.

Estas se constituyen en casos especiales, con el objetivo de asesorar a los consejeros y proponer soluciones concretas a una situación dada,

Gestados en la baja edad media, los consejos se consolidan y adquieren su importancia máxima en el siglo XVII. Dependen directamente del rey, por decisión suya de la persona encargada de tal misión que son en general los válidos.

Los consejos constan de un presidente, un número variable de consejeros y un aparato burocrático de gestión también variable. Mientras que las presidencias son ocupadas normalmente por nobles titulados y algún eclesiástico.

Los consejeros proceden del gran patriarcado urbano y de la nobleza no titulada. El rey los nombra promulgando una real célula, y se calcula que en 1,623 la monarquía cuenta con unos cien consejeros.

El Consejo de Estado llamado anteriormente Consejo Secreto, es el más importante ya que a él se someten los más graves problemas internacionales y nacionales.

A este siguen los de Guerra, Hacienda, Inquisición, Cruzada y Ordenes Militares. También existen Consejos territoriales de Castilla, de Navarra, de Aragón, de Portugal, de las Indias, de Italia y de Flandes.

Este último es disuelto al morir Felipe II (1598), ya que el territorio pasa a los archiduques Alberto e Isabel Clara Eugenia. Llama la atención el elevado número de juntas formadas para solucionar problemas fiscales.

Esto se debe a la catastrófica situación del erario español que siempre gasta más que lo que recauda y debe preocupase por cubrir el déficit.

Una de las primeras juntas es la de la Reformación creada por Lerma en 1.618.

Durante el gobierno del conde duque de Olivares funcionan muchas juntas particulares de Ejecución, de Media Anata, de Armadas, del Papel Sellado, de millones de donativos, de la Sal,. del Almirantazgo, de Obras de Bosques, de la Limpieza. De Minas de Predios de poblaciones etc.





 

jueves, 16 de abril de 2026

PORTUGUESES EN LA CORTE DE MADRID

 

               

Madrid 1.614. La unificación de las Cortes de los reinos españoles. Realizada por el rey Felipe II, reafirma la presencia aristocrática portuguesa en la corte madrileña.

En contrapartida, naturalmente, se produce una mayor influencia castellana en Lisboa, que quiebra en cierto modo el principio de autonomía lusa, tal y como desean los castellanos.

Los portugueses que se encuentran presentes en Madrid son en su mayoría miembros de la alta nobleza que esperan conseguir los favores de la Corona española.

También algunos de los elementos ilustrados como los Melos, que acuden a la Corte en defensa de los intereses de su país y que apoyaran a los independentistas cuando se levante en 1.640.

Salvo estos elementos de profunda convicción nacional, los nobles portugueses se integran perfectamente en la vida cortesana, que aceptan muy de su agrado.

La alta nobleza se castellaniza así y en gran medida, y muchos de sus miembros permanecen en España al independizarse Portugal.

En contrapartida la pequeña  nobleza y la burguesía ven con malos ojos la intervención castellana en los asuntos portugueses.

Castilla desea la simple absorción de Portugal, sin hacer grandes concesiones.  





























 intervención castellana en los asuntos portugueses

Castilla desea la simple absorción de Portugal, sin hacer grandes concesiones.

EL INCA GARCILASO DE LA VEGA

 

Lisboa.

Lisboa, 1609. Se publica la primera parte de los Comentarios Reales, que tratan de los Incas Reyes que fueron del Perú, del Inca Garcilaso de la Vega. 

Se trata de la obra maestra de este autor y un homenaje a su tierra natal y a sus raíces indígenas.

Portada de la Historia General del Perú 1617

Los Comentarios son la reconstrucción, son la reconstrucción literaria del imperio de del Tahuantinsuyo, alternan los relatos de las conquistas con una exposición de los leyes, institucionales y costumbres, así como la descripción de los productos de los tres reinos naturales.

                                                                         Ciudad de Cuzco

Para su composición el autor recurrió a muchas historias que ya se habían escrito con anterioridad, pero que el ilustró con sus reflexiones, fijó los hechos cronológicos y legalmente desveló el significado de muchas palabras que habían sido interpretadas de forma incorrecta por otros escritores no versados en la lengua quechua o ruma simi.


El inca Garcilaso había nacido en Cuzco en 1539, hijo de un conquistador español, y de la princesa Chimpu Ocllo, procedente de la familia imperial inca, fue bautizado con el nombre Gómez Suárez de Figueroa y vivió en Perú hasta marchar a España en el año 1560.


Participó en la guerra contra los moriscos de Las Alpujarras en 1591, se estableció en la ciudad de Córdoba (Andalucía), donde cambió su nombre por el de Garcilaso de la Vega, al que añadió el título de Inca.


Autor de una versión castellana de los Dialogas de amor de León Hebreo, que él tituló La Introducción del Indio, su primera obra histórica fue La Florida del Inca, en la que armonizó la veracidad histórica con una elaborada tarea literaria basada en los comentarios del soldado español Gonzalo Silvestre, ampliados con notas extraídas de las fuentes escritas.

Muerto ya el Inca se publicaría la segunda parte de los Comentarios Reales, sobre las hazañas de los conquistadores y la asimilación del   mundo indígena a la cultura cristiana de Occidente. 




 

 sobre las hazañas de los conquistadores y la asimilación del mundo indígena a la cultura cristiana de Occidente

miércoles, 15 de abril de 2026

INTENTO DE REPRESIÓN DEL LUJO

 

                                                   Prenda de vestir llamada "Guardainfante".

Madrid 1611. Se dictan una serie de disposiciones el 20 de febrero de 1623 y son  reafirmadas por el rey Felipe IV. Estas disposiciones se refieren  al excesivo lujo de las clases privilegiadas españolas, que muchas veces arruinan sus haciendas con el deseo de aparentar una riqueza que no tienen.

                                          Antigua prenda de vestir llamada "Lechuguilla"

Así, se prohíbe el empleo de una vestimenta super-lujosa, desterrando los cuellos de encaje, las lechuguillas y las valonas, y el uso de la golilla, gran cuello blanco que en el siglo XVI era casi un signo distintivo de la moda española.

                                          Antigua prenda de vestir llamada el "Tontillo"  

También se ataca el guardainfante, tanto por motivos suntuarios como morales, y le sustituye por  el tontillo. El uso de coches y la servidumbre son asimismo regulados.

La servidumbre constituye uno de los elementos más significativos del ornato de las clases privilegiadas españolas, incluso de la corte.

Los servidores civiles y eclesiásticos, que suelen convivir de forma regular en la vivienda del señor, incluyen escudero, pajes, gentilhombre para recibir las visitas, doncellas de labor y esclavos blancos y negros.


 

 

 

 

 

 

LOS TOROS EN LA PLAZA

 

                               



Madrid, 27 de enero de 1.612. El rey Felipe III dicta una ordenanza que permite la construcción de Plazas de Toros cerradas, a semejanza de la plaza de Madrid.

Hasta ahora, las corridas de toros se hacían en campo abierto o en cosos provisionales, la mayoría de las veces formados por carros, con el consiguiente peligro para los asistentes.

Pio V y Sixto  V  decretan la excomunión  para los que asistan a corridas de toros mientras que el Papa Gregorio XIII reduce esta sólo a los caballeros.

Los Austrias, muy aficionados a la fiesta, convierten las corridas de toros en un entretenimiento de nobles, a pesar de la Iglesia.

Pio V y Sixto V decretan la excomunión para los que asistan a corridas de toros, mientras que el Papa Gregorio XIII reduce esta sólo a los caballeros.

Finalmente el papa Clemente VIII, levanta la prohibición, si se celebran las corridas de toros  en días de fiestas religiosas.