Sevilla,
1589.- El consejero real Beltrán de Guevara realiza para el Consejo de Castilla
un informe secreto sobre la corrupción de los tribunales de justicia en el
reino.
En todos
ellos y especialmente en el de Sevilla, comprueba que el juego, los mujeres y
la vida ostentosa de los miembros de los tribunales les exigen un alto nivel de
ingresos, lo que los volvió proclives al soborno y las recomendaciones.
La justicia era una de las principales
actividades que hacían al súbdito entrar en contacto con la administración real
o señorial.
Desde la época de los Reyes Católicos estaba organizada una serie de chancillerías o audiencias, encargadas de administrar justicia, civil y criminal en su más alta instancia.
Las
jurisdicciones inferiores eran encomendadas a Castilla a corregidores y
alcaldes de corte, en la Corona de Aragón a vegueros (En la Corona de Aragón,
particularmente en Cataluña, los vegueros (o veguers en
catalán).
Eran funcionarios
reales encargados de la administración de justicia y del gobierno, de un
territorio específico conocido como veguería. Su función era de origen
feudal y se consolidó con la formación de la Corona de Aragón entre los siglos
XII y XIII.
En estos territorios
levantinos muchos de los cargos inferiores, que se ocupaban de la mayor parte
de los pleitos y delitos, eran nombrados tras una elección previa por el virrey
entre los hombres de la localidad. Ya se tratara de funcionarios o de jueces locales,
el primer obstáculo con el que se encontraban para desarrollar eficazmente su
tarea, era la ausencia de una fuerza de policía.
En Castilla la Santa
Hermandad, en Cataluña el Somaten y en otros lugares las reuniones intentaban
paliar esta insuficiencia, pero eran instrumentos con escasos miembros y
dependientes de voluntad de aquellos que lo integraban.
Los tribunales tan
solo contaban en rigor con sus propios ayudantes (mensajeros, sayones, porteros
etc.). Esto no hacía a la justicia más
ineficaz aunque sí mucho menos capacitada para imponer la autoridad del rey, y
más vinculada a la interpretación que los súbditos de las leyes o el delito.
Otro grave problema
eran las dotaciones económicas con que se compensaba a los miembros de los
tribunales.
Siempre andando
escasos en sus ingresos, y con numerosas oportunidades de obtener beneficios en
el ejercicio de sus cargos, tenían a menudo asignada una parte de multas y
condenas, así como el cobro de averías en pleitos civiles.
A su alrededor se
movía también una nube de leguleyos, procuradores, notarios etc.

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