31 de
marzo de 1492.- Los Reyes Católicos publican el edicto de expulsión de los judíos.
Durante la edad media habían alternado periodos de pacífica convivencia con
otros de ataques a las juderías, tanto en los reinos católicos como en los
musulmanes.
Desde
1474 habían tenido lugar algunas disposiciones que modificaban la libertad de
los judíos, sobre todo por el problema de los conversos judaizantes.
En 1476
se les privó de su independencia en cusas criminales, en 1480 se llegó a una
separación por barrios.
Desde
1481 la Inquisición comenzó a perseguir a los falsos conversos.
En 1483 y
1486 se ordenó incluso que abandonasen Andalucía y Aragón, lo cual no se llegó
a cumplir.
En 1490
se vio el proceso del Santo Niño de la Guardia, asesinado y crucificado
ritualmente, y por el que fueron quemados vivos en Ávila, el 16 de noviembre de
1491 los autores y otros judíos y conversos.
Estos crímenes
eran imputables a algunos fanáticos, pero no a las comunidades judías que nunca
aprobaron esos hechos.
Por el
edicto, los judíos debían abandonar el país en el plazo de tres meses.
Podían marcharse
acompañados de su familia y criados y enajenar sus bienes. Permanecían bajo la
garantía real mientras estuviesen en suelo español, pero se les condenaría a
pena capital en caso de regreso. La única posibilidad de quedarse era la de
bautizarse, abandonando automáticamente su antigua fe, Según los cálculos modernos
saldrían unos 160.000 y la mayoría de
ellos se dirigieron a Portugal, África del norte, Turquía, Rumanía e Italia.
Se ha
estimado que en aquel momento había en España una fuerte población judía (400.000)
y los expulsados, llamados sefardíes, influirían mucho en la historia judaica de
la diáspora,
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